4012 W Armitage Ave, Chicago · (773) 453-5555
¿Qué documentos necesito traer?
Es la pregunta que más nos hacen por teléfono. Aquí está la respuesta, trámite por trámite. Busca el tuyo, guarda la lista en tu teléfono y ven con lo que tengas.
Y la promesa de siempre: si te falta algo, ven de todos modos o llámanos — te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Declaración de impuestos personal
Para hacer tus taxes
Es tu declaración de impuestos del año: juntamos tus ingresos y tus datos de familia, preparamos la forma 1040 y la mandamos al IRS por ti.
Trae esto:
- Tu identificación con foto y la de tu esposo(a), si declaran juntos.
- Las tarjetas de Social Security tuyas, de tu esposo(a) y de cada dependiente — o la carta del ITIN de quien no tenga social.
- Las fechas de nacimiento de todos los que van en la declaración.
- Tus W-2 de cada trabajo que tuviste en el año.
- Tus formas 1099: del banco, del desempleo, de pensión o retiro, y la 1099-K o 1099-MISC si trabajaste por tu cuenta.
- Los estados de intereses y dividendos del banco (formas 1099), y la 1099-INT si te pagaron intereses.
- Tu SSA-1099, si recibes Seguro Social.
- La 1095-A, si tuviste seguro médico del Marketplace. Esa forma la manda el Marketplace, no nosotros.
- Lo que pagaste de guardería y el número de identificación del proveedor (su Social o el EIN del negocio).
- La copia de tu declaración del año pasado, federal y de Illinois, si la tienes.
- Si eres cliente nuevo: tus declaraciones de los últimos tres años, no nada más la del año pasado. Las revisamos para encontrar errores que valga la pena corregir, y pérdidas o créditos de años anteriores que todavía te tocan.
- Tu IP PIN, si el IRS te asignó uno. Son seis dígitos y vienen en la carta CP01A. Sin él, o con el número equivocado, el IRS rechaza tu declaración electrónica.
- Si tienes cuenta de banco, sus números para el reembolso —mira la sección de depósito directo. Si no tienes cuenta, tu declaración se hace igual.
Si te pagan de otra forma, trae también:
- La 1099-NEC, la forma que reporta los pagos a quien no es empleado, si te pagaron como contratista.
- El estado que te manda el banco con los intereses de tu hipoteca(forma 1098), si pagas casa.
- La 1099-B, si vendiste acciones o hiciste intercambios por medio de un corredor.
Si declaras como jefe de familia (Head of Household)
Esa forma de declarar hay que respaldarla con papeles. La hoja que usamos en la oficina pide:
- Biles de luz, gas, agua o teléfono del año que estás declarando — de preferencia uno de febrero y uno de octubre. Si tú no pagas biles, unacarta notarizada de tu casero que diga desde cuándo rentas, cuánto pagas al mes y quiénes viven en el departamento.
- La tarjeta médica de cada niño que vivió contigo.
- La boleta de calificaciones de ese año de cada niño.
- Las actas de nacimiento de cada dependiente, y elacta de matrimonio si eres casado(a).
- Copia de la tarjeta de Social Security de cada dependiente.
¿Cuándo se vence? La fecha límite para declarar se recorre de un año a otro por los fines de semana y los días feriados, así que no la escribimos aquí: la regla completa está en la guía de documentos para tus taxes.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Identificación y verificación de identidad
Para comprobar quién eres
Casi todo lo que hacemos empieza igual: tenemos que ver una identificación tuya. Lo que sirve cambia según el trámite, así que aquí van las dos listas que importan.
Para tus taxes, el IRS acepta:
- Licencia de manejo válida de Estados Unidos
- Identificación de tu trabajo
- Identificación escolar
- ID estatal de Estados Unidos
- Identificación militar
- Identificación nacional (de tu país)
- Visa
- Pasaporte
El IRS la pide original, tuya y de tu esposo(a) si declaran juntos.
Para notarizar un documento, la ley de Illinois pide una identificación que:
- Esté vigente el día de la firma
- La haya emitido una agencia estatal, una agencia federal o un consulado
- Traiga tu fotografía
- Traiga tu firma
Los cuatro requisitos vienen de la ley de Illinois (5 ILCS 312/6-102). También sirve que el Notary Public te conozca personalmente, o que un testigo al que él conozca personalmente declare bajo juramento quién eres.
En la oficina escaneamos tu identificación y la guardamos en tu expediente, para no pedírtela otra vez en cada visita.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Firmar tus documentos · carta poder · carta de viaje
Para firmar
Once personas nos han llamado a preguntar esto. Casi siempre es una carta poder, un permiso de viaje para un menor o un papel que alguien te mandó para firmar. En la oficina la regla es corta:
- Todos los que firman vienen en persona, cada uno con suidentificación con foto —las que sirven están arriba.
- No notarizamos un documento que nos mandes por correo, por email o por WhatsApp. La firma se hace aquí, delante del Notary Public.
- Vengan juntos si pueden. Si todos firman en la misma visita, se hace una sola notarización con un solo sello. Si cada quien viene en un día distinto, el documento sale con un sello por cada persona, y hay agencias a las que eso no les gusta y lo rechazan.
- No firmes ni feches el documento antes de venir. Algunos se tienen que firmar enfrente del Notary Public: la ley de Illinois usa la fórmula«firmado y jurado ante mí», así que si tu documento lleva juramento, la firma tiene que hacerse ahí mismo.
- Trae todas las páginas, no nada más la de la firma, y asegúrate de que el documento esté completo, sin espacios en blanco.
Permiso de viaje de un menor: trae menos de lo que crees
Necesitamos las identificaciones con foto de los papás, porque ellos son los que dan el permiso y su firma es la que se certifica. No necesitamos el acta de nacimiento del niño, ni la identificación del adulto que va a viajar con él. Lo que la aerolínea o el consulado te pidan a ti el día del viaje es otra cosa: eso lo deciden ellos, pregúntales.
Si la firma es para tus taxes:
- Si van a declarar juntos como matrimonio: el IRS, en su programa de preparación gratuita, pide que los dos esposos estén presentes para firmar una declaración conjunta que se manda por internet.
- Para mandar tu declaración al IRS por internet nos tienes que firmar laforma 8879. Esa te la damos nosotros; tú no tienes que traerla.
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Depósito directo · reembolso del IRS
Para recibir tu reembolso
Si el IRS te devuelve dinero, hoy casi siempre te lo manda directo a una cuenta de banco. Para eso necesitamos dos números tuyos. Pero darlos es voluntario: sin cuenta de banco también se declara y también se cobra.
Si tienes cuenta de banco, trae:
- El número de ruta (routing number) de tu banco.
- El número de cuenta.
- La forma más segura de traerlos: un cheque en blanco de tu cuenta.
- La cuenta tiene que estar a tu nombre, o ser una cuenta conjunta tuya — no la de un familiar ni la de otra persona.
Revisa tú mismo los dos números antes de firmar. El reembolso tiene que llegar a tu cuenta.
Si no tienes cuenta de banco, esto dice el IRS:
- Tu declaración se presenta igual. Dar los datos del banco es voluntario: una declaración sin información bancaria se acepta y se procesa.
- Después, el IRS te manda por correo un aviso, la carta CP53E, para pedirte una cuenta. Tienes 30 días para contestarla.
- Si no la contestas, tu reembolso llega de todos modos: en cheque de papel, unas seis semanas después.
- Esa carta sólo se contesta desde tu propia cuenta en línea del IRS. Ningún empleado del IRS puede tomar tu número de cuenta por teléfono ni en persona.
- Para esto el IRS te escribe sólo por carta. Si alguien te llama o te manda un mensaje «del IRS» pidiendo tu cuenta de banco, no es el IRS.
Nuestro consejo — no es una regla del gobierno
Si puedes, abre una cuenta de banco antes de declarar. El depósito directo llega más rápido, y un cheque de papel se puede perder o te lo pueden robar del buzón. Eso es lo que nosotros te recomendamos, no un requisito: sin cuenta también te hacemos tu declaración.
Lo que vemos en la oficina: a clientes que pidieron su reembolso en cheque les han llegado cartas del IRS pidiéndoles una cuenta de banco. Es nuestra experiencia, no una regla publicada.
Desde el 30 de septiembre de 2025, por la Orden Ejecutiva 14247, el IRS generalmente dejó de mandar reembolsos en cheque de papel a las personas; todavía los manda en casos limitados y cuando nadie contesta la carta CP53E. Lo de arriba viene de la hoja informativa del IRS FS-2026-02. Es un cambio que sigue en marcha:verifica antes de declarar en irs.gov — verificado el 11 de septiembre de 2026.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Mica · residencia · green card · tarjeta verde
Para renovar tu mica (la green card)
Mica, residencia, green card, tarjeta verde: es la misma tarjeta, y la gente la llama de las cuatro formas. Cuando se vence o se pierde, se renueva con la formaI-90 de USCIS. Nosotros armamos y revisamos tu paquete antes de enviarlo.
Lo que te pedimos aquí:
- Copia de tu mica por los dos lados.
- Una identificación con foto.
- Tu número de Social Security, si lo tienes.
- Tu acta de nacimiento. No es obligatoria, pero es muy recomendable traerla.
- Tu declaración de impuestos más reciente. Con ella revisamos si podrías calificar para que USCIS te exente de la cuota (se pide con la formaI-912). Eso lo decide USCIS, no nosotros: preparamos la solicitud con lo que tú nos das.
- Tu dirección actual, para la correspondencia de USCIS.
- Si la tarjeta se perdió o te la robaron, también nos sirve el reporte.
No necesitas fotografías
Para la I-90 no traigas fotos: USCIS te toma la foto como parte del trámite si hace falta. No gastes en fotos que nadie te va a pedir.
Lo que pide USCIS, según por qué la estás renovando:
- Ya se venció, o se vence en menos de seis meses: copia de tu tarjeta vencida o por vencer. Ojo: si usas esta razón y a tu tarjeta todavía le faltan más de seis meses, te pueden negar la solicitud.
- Se perdió, te la robaron o se destruyó: copia de tu tarjeta si la tienes; si no, una identificación del gobierno con tu nombre, fecha de nacimiento, fotografía y firma (pasaporte, licencia de manejo o identificación militar).
- Está maltratada o rota: copia de tu tarjeta, o esa misma identificación del gobierno.
- Te cambiaste el nombre legalmente: el documento legal que lo compruebe — acta de matrimonio, sentencia de divorcio, papeles de adopción u otra orden de la corte. Tiene que estar registrado ante la autoridad civil que corresponde.
- La tarjeta salió con un dato equivocado por error del gobierno (DHS):aquí sí va la tarjeta original, no una copia; USCIS no acepta copia en este caso. Y además, la prueba del dato correcto.
- Cumpliste 14 años: al cumplir 14 años, un residente permanente tiene que registrarse y mandar la forma I-90 dentro de los 30 días siguientes.
Dos cosas que confunden a mucha gente
- Si tu tarjeta es de dos años (la que se da por matrimonio o por inversión) y se vence dentro de los próximos 90 días, no va la I-90: va la I-751 para quitar las condiciones, o la I-829si fue por inversión. Mientras USCIS resuelve, el recibo (la forma I-797) es tu prueba de estatus.
- Si nada más te cambiaste de casa, eso no es una tarjeta nueva: es un aviso de cambio de dirección, la forma AR-11, y USCIS pide que se haga dentro de los 10 días de haberte mudado.
Otras reglas de USCIS que conviene saber:
- USCIS quiere fotocopias legibles, no originales, salvo cuando las instrucciones piden el original. Si mandas originales que no te pidieron,USCIS los puede destruir.
- La firma tiene que ser de tu puño y letra: no aceptan un nombre escrito a máquina ni un sello.
- USCIS te puede citar para tomarte biometría — huellas, fotografía y firma. Te mandan una carta con la fecha, la hora y el lugar. Si no vas, te pueden negar la solicitud.
Costo de USCIS. Para el trámite general, la tabla de cuotas de USCIS (forma G-1055) marca $465 en papel y $415 en línea. Hay otras categorías con costos distintos, y estas cifras cambian:verifica antes de pagar en uscis.gov — verificado el 9 de septiembre de 2026.
Lo que sí y lo que no hacemos
No somos abogados de inmigración. Preparamos tus formas con la información que tú nos das y revisamos que no falte un papel antes de enviarlas. No damos asesoría legal. Si tu caso necesita asesoría legal de inmigración, te referimos con una abogada aliada, con su propio despacho y su propia licencia.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
ITIN Number · forma W-7
Para sacar o renovar tu ITIN
El ITIN es el número que da el IRS para declarar impuestos a quien no califica para un Social Security Number. Se pide con la forma W-7 y hay que comprobar dos cosas: quién eres y que eres extranjero.
La regla de oro:
- El pasaporte vigente es el único documento que sirve solo.
- Si no tienes pasaporte, hacen falta por lo menos dos documentos de la lista del IRS, y al menos uno tiene que traer tu fotografía (salvo los dependientes menores de 14 años, o menores de 18 si son estudiantes).
Los 13 documentos que el IRS acepta:
- Pasaporte (el único que puede presentarse solo)
- Identificación con foto de USCIS
- Visa emitida por el Departamento de Estado
- Licencia para conducir de Estados Unidos
- Identificación militar de Estados Unidos
- Licencia para conducir del extranjero
- Identificación militar de tu país
- Identificación nacional o matrícula consular (con nombre, foto, domicilio, fecha de nacimiento y fecha de vencimiento)
- ID estatal de Estados Unidos
- Tarjeta de registro de votación de tu país
- Acta de nacimiento civil
- Registros médicos (solo dependientes menores de 6 años)
- Registros escolares (solo dependientes menores de 24 años, si son estudiantes)
Detalles que sí importan:
- El pasaporte y la identificación nacional solo cuentan si no están vencidos el día que se manda la W-7.
- Para un menor de 18 años sin pasaporte, el acta de nacimiento original es obligatoria. El acta nunca se vence.
- Si un dependiente tiene que comprobar que vive en Estados Unidos y su pasaporte no trae el sello de entrada, hace falta un documento más: récord médico si es menor de 6 años; récord escolar, ID estatal, licencia o visa según la edad; y de 18 años en adelante también sirve un estado de cuenta del banco, un contrato de renta o un bil de servicios con su nombre y su dirección en Estados Unidos.
- Si te mandaron por internet un récord escolar, un récord médico, un estado de cuenta, un bil o un contrato de renta y tú lo imprimiste, el IRS lo puede tomar como original.
- Renovación: toda renovación de la W-7 tiene que ir acompañada de unadeclaración de impuestos federal, salvo que caigas en una excepción.
Tu pasaporte no viaja al IRS
Somos Agentes de Aceptación Certificados (CAA) del IRS: revisamos y certificamos tus documentos aquí mismo y te los regresamos el mismo día. No hace falta mandarle tus originales al IRS.
Si el ITIN es para un dependiente, trae su pasaporte si lo tiene. Un pasaporte vigente es el documento que en la oficina siempre podemos certificar. Hay algunos documentos de dependiente que no son pasaporte y que no podemos certificar: en esos casos el original sí tiene que irse al IRS, que lo regresa por correo. Así trabajamos aquí; si tu caso es uno de esos, te lo decimos antes de que nos dejes nada.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Pasaporte · foto y solicitud
Para tu pasaporte
Aquí hacemos las dos cosas: te tomamos la foto y te llenamos la solicitud. No somos un centro de aceptación de pasaportes del gobierno — la solicitud la presentas tú —, pero sales de aquí con la foto y con los papeles listos.
Si el pasaporte es para un menor, trae:
- El acta de nacimiento del niño.
Si el pasaporte es para un adulto, trae:
- Tu acta de nacimiento o tu pasaporte.
- Una identificación con foto.
- Tu número de Social Security.
Es lo que necesitamos para la foto y la solicitud. Tus documentos originales los revisa el gobierno cuando entregas la solicitud.
Y ven listo para la foto:
- Ropa de la que usas todos los días. Nada de uniformes, ropa que parezca uniforme, ni camuflaje.
- Sin lentes: ni de ver, ni de sol, ni apoyados en la cabeza. La única excepción es médica, con una nota firmada de tu doctor.
- Sin gorra ni nada en la cabeza, salvo por religión o por salud; en ese caso va una declaración firmada.
- Sí puedes sonreír, con la boca cerrada y los ojos abiertos.
Estas reglas son del Departamento de Estado, de su página de fotos y de la forma DS-11 — verificadas el 11 de septiembre de 2026. Consejo nuestro, no regla del gobierno:evita la ropa con logos o letreros grandes; la foto puede salir rechazada.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Notarización · Notary Public
Para notarizar un documento
El Notary Public certifica que la persona que firmó un documento es quien dice ser, y que firmó ante él. Tenemos Notary Public en la oficina.
Trae esto:
- Una identificación válida con foto emitida por el gobierno: vigente el día de la firma, emitida por una agencia estatal, una agencia federal o un consulado, con tu fotografía y tu firma.
- El documento sin firmar y sin fechar. Algunos se tienen que firmar ante el Notary Public.
- Todas las páginas, no nada más la de la firma.
- El documento completo, sin espacios en blanco.
En la oficina escaneamos tu identificación para tu expediente.
Lo que un Notary Public puede y no puede hacer
En Estados Unidos un Notary Public no es lo mismo que un notario en Latinoamérica. Certifica firmas, pero no es abogado: por ley de Illinois no puede preparar un documento legal ni llenarte los espacios en blanco, ni explicar, certificar o verificar el contenido de un documento, ni darte asesoría legal. Tampoco puede notarizar un documento en el que él mismo sea parte, ni firmar una hoja en blanco, ni cambiar nada del documento después de que alguien lo firmó. Si no entiendes el inglés, la ley le prohíbe notarizar hasta que el contenido y el efecto del documento se te expliquen en un idioma que sí entiendas. Y siempre puede negarse a notarizar, sin tener que explicar por qué. Para asesoría legal, consulta con un abogado.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Traducciones certificadas y apostillas
Para una traducción o una apostilla
La traducción certificada pasa tu documento a otro idioma con una certificación firmada. La apostilla es un certificado del estado para que un documento de Estados Unidos sea aceptado en otro país. Son dos cosas distintas y muchas veces van juntas.
Para una traducción certificada:
- Trae el documento original. Le sacamos una copia y traducimos del original, porque muchas agencias exigen que el traductor certifique que trabajó sobre el original y no sobre una fotocopia.
- Hay trámites que sí aceptan una foto clara o una copia que nos mandes por mensaje, y otros que no. Depende de a dónde va la traducción — por eso aquí no te damos una sola respuesta. Llámanos o pásate con el documento y te decimos cuál es tu caso antes de que pagues.
- Dinos de qué idioma es y si necesitas el documentocompleto o sólo una parte.
- Nos lo puedes mandar por adelantado para ir empezando. El original lo traes cuando vengas, y la certificación se hace contra ese original.
- El trabajo se paga por adelantado, antes de empezar.
Para una apostilla, esto te pedimos:
- El documento original. Siempre: sobre una copia no se puede apostillar.
- Si es un acta de nacimiento o de matrimonio, tiene que ser unacopia certificada de la oficina que guarda el registro. Esa copia certificada es el original para este trámite.
- Si es una declaración jurada (affidavit) o un documento parecido, te lo podemos notarizar aquí y después apostillarlo.
- Lo tramitamos para cualquier estado. Un documentode Illinois normalmente sale en menos de siete días; uno de otro estado tarda más, y el tiempo cambia de un estado a otro — tráelo y te decimos qué esperar.
Una identificación no se puede apostillar
Es de lo que más nos piden, y la respuesta es no: el estado no apostilla identificaciones. Si te pidieron «una copia apostillada de tu ID», casi siempre lo que te están pidiendo en realidad es otro documento. Llámanos, dinos con tus palabras qué te pidieron, y te decimos cuál es el que sí se puede apostillar.
Y esto es lo que pide la Secretaría de Estado de Illinois para un documento de Illinois:
- El documento tiene que ser original, y estar certificado por un funcionario del gobierno o notarizado por un Notary Public de Illinois.
- Acta de nacimiento: copia certificada del county clerk, del registro local o del Departamento de Salud Pública de Illinois.
- Licencia de matrimonio: copia certificada del county clerk.
- Sentencia de divorcio: copia certificada del circuit clerk de la corte donde se dio el divorcio. No se notarizan los documentos firmados por un circuit clerk o por un juez: esos ya traen su sello, su firma, su nombre impreso y su cargo.
- Certificados y diplomas escolares: el encargado de récords de la escuela (normalmente el registrador o el director) tiene que certificar y firmar el documento ante un Notary Public, que después notariza esa declaración.
- Illinois no traduce. Si tu documento está en otro idioma, primero hay que traducirlo y notarizarlo, y luego pedir la apostilla.
- Illinois solo puede autenticar documentos de Illinois. Los de otro estado los apostilla ese estado, y los que traen sello de una corte o de una agencia federal los autentica el Departamento de Estado de Estados Unidos.
- Una vez pegada, no despegues la apostilla: quitarla la invalida.
La Secretaría de Estado de Illinois cobra $2 por cada apostilla o certificado, y cada documento necesita el suyo. Estos datos cambian:verifica antes de pagar en ilsos.gov — verificado el 9 de septiembre de 2026.
¿No sabes si tu documento sirve?
Mándanos una foto por WhatsApp o llámanos antes de venir, y te decimos si hace falta el original, una copia certificada u otro documento: (773) 453-5555, o escríbenos por WhatsApp.
Si te falta algo, ven de todos modos o llámanos: te decimos qué se puede hacer con lo que tienes.
Leer la guía completa de traducciones y apostillas →
Ver el servicio de Notary Public, apostillas y traducciones →
Abrir un negocio · nómina (payroll) · contabilidad (bookkeeping)
Para tu negocio, tu payroll o tu bookkeeping
Estas listas son largas de verdad, y cada una tiene su guía completa. Aquí va lo que te pedimos el primer día, para que sepas si ya puedes venir.
Para abrir tu negocio:
- Tu identificación con foto, y el Social o ITIN de la persona que va a quedar como responsable del negocio ante el IRS. Tiene que ser una persona de verdad, no un representante puesto de relleno.
- El nombre que quieres, y uno o dos de repuesto: el estado no registra dos compañías con el mismo nombre.
- Una dirección de calle en Illinois para el agente registrado. Un apartado postal solo no sirve.
- De cada dueño: nombre legal completo, dirección de casa, fecha de nacimiento, teléfono, Social o ITIN, y qué porcentaje le toca.
- La fecha real en que arrancó el negocio — no la del papel de incorporación. De esa fecha salen plazos que después no se recuperan.
Para empezar tu nómina (payroll):
- La carta CP 575 del IRS con tu número de patrón (EIN). Si la perdiste, nosotros pedimos la copia.
- La cuenta de banco del negocio: número de ruta y número de cuenta.
- Tus números de Illinois: la cuenta de IDOR y la de desempleo (IDES). Si el negocio es nuevo, nosotros los tramitamos.
- Tu póliza de workers' comp, activa antes del primer empleado.
- Cada cuándo pagas — semanal, cada dos semanas o quincenal — y desde qué fecha. Sin eso no se puede arrancar.
- De cada empleado: la W-4 y la IL-W-4 firmadas, laI-9, su identificación con foto y su tarjeta del Social Security.
Cuatro datos sin los cuales nadie cobra: nombre, apellido, dirección y número de Social Security. Que falte un papel atrasa el expediente; que falte uno de esos cuatro detiene el cheque de esa persona.
Para que te llevemos los libros (bookkeeping):
- Los estados de cuenta del banco y de las tarjetas de crédito del negocio, del periodo completo.
- Las ventas, separadas por local, con el reporte de tu caja o de tu sistema de punto de venta.
- Los recibos y facturas que respaldan esos movimientos.
- Una sola vez, al principio: las declaraciones de años anteriores del negocio. De ahí salen los saldos iniciales.
- Cualquier carta del gobierno, dentro de los 5 días. El plazo corre desde la fecha de la carta, no desde el día que nos la enseñas.
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Leer la guía completa para abrir tu negocio →
Leer la guía completa de payroll y bookkeeping →
Payroll en Illinois: qué incluye y qué errores cuestan más →
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Las reglas, cuotas y fechas de esta página se revisaron contra las páginas del IRS, de USCIS y de la Secretaría de Estado de Illinois el 9 de septiembre de 2026. Los números cambian:verifica antes de pagar.
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